Bases para Subvenciones en Materia de Ayuda al 3º Mundo, Acción Social y Mujer para el 2011














BASES QUE REGIRÁN LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE MUJER PARA EL AÑO 2011.
El Ayuntamiento de Andorra convoca ayudas a las actividades desarrolladas por asociaciones y entidades de la localidad, para el ejercicio 2011. Serán destinatarias las asociaciones domiciliadas o con sede en Andorra. Los proyectos de actuación, podrán ser aquellos de acuerdo al plan de acción Positiva para las mujeres, que promuevan el asociacionismo y la participación de las mujeres en la vida política, económica, social, cultural y educativa, así como la participación activa en la toma de decisiones, que potencien la educación y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, que promuevan la solidaridad hacia las mujeres de Países en desarrollo.
No serán objeto de subvención, los gastos ordinarios del funcionamiento de la asociación ni los gastos destinados a inversiones en equipamiento o adquisición de inmuebles.

BASES QUE REGIRÁN EN EL AÑO 2011 LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL DESARROLLO EN LOS PAíSES DEL TERCER MUNDO.
El Ayuntamiento de Andorra concederá subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo. Se harán a través de una única convocatoria cuyo plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 20 días siguientes al de publicación de estas bases en el BOP. Las subvenciones tendrán como finalidad ayudar al desarrollo de proyectos de intervención social que, sustentados en el principio de la solidaridad, contribuyan al desarrollo y atención de las necesidades básicas de la población de los países del Tercer Mundo. Las subvenciones se concederán a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones o Asociaciones legalmente reconocidas en las que concurran las siguientes condiciones: estar constituidas e inscritas formalmente con anterioridad, al menos, de un ejercicio económico al de 2011, que estén vinculadas a organizaciones o personas de Andorra, que reflejen en sus estatutos que entre sus finalidades se realización de actividades y proyectos orientados a la solidaridad y desarrollo humano de los países empobrecidos, que no persigan fines lucrativos, ni dependan económica o institucionalmente de entidades lucrativas, y que acrediten experiencia y capacidad operativa para el logro de los objetivos del proyecto. Serán subvencionables actuaciones que incidan en sectores que contribuyan a la satisfacción de las necesidades básicas en países del Tercer Mundo, para programas que contribuyan a la consecución de un desarrollo sostenido en los países del Tercer Mundo, de ayuda humanitaria dirigida a refugiados, desplazados y retornados.

BASES QUE REGIRAN LA CONCESION DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACION DE ACTIVIDADES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL EN EL AÑO 2011.
Tienen por objeto la realización de actividades por Asociaciones sin ánimo de lucro debidamente inscritas y con domicilio social en Andorra en materia de acción social durante el citado ejercicio. Deberán atender a que el servicio o actividad se preste en Andorra, la entidad solicitante figure debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones y que tenga domicilio social o establecimiento abierto en Andorra. No serán subvencionables los gastos ordinarios de funcionamiento de la Asociación ni los gastos destinados a inversiones en equipamiento o adquisición de inmuebles.

Toda la documentación necesaria, el cómo y dónde presentar las solicitudes, el criterio de valoración, los requisitos de la concesión y el documento íntegro de las bases lo podréis consultar en este enlace:



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