Recuerda, este jueves día 12 de diciembre a las 12 h, la Comisión de Alcaldes y Alcaldesas de los distintos partidos políticos ha convocado a grupos municipales, trabajadores y trabajadoras, entidades y organizaciones implicadas en los servicios públicos municipales, a protagonizar y liderar concentraciones en las puertas de todos los Ayuntamientos de España, como muestra de rechazo a la reforma de la ley local, cuya tramitación en las Cortes está en la recta final.
Aquí está el manifiesto leído en la Asamblea de Alcaldes del pasado mes de octubre, y que deberá recordarse en las concentraciones.
Declaración de Alcaldes/as contra
Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
Madrid, 13 Octubre 2013
Los Alcaldes y Alcaldesas queremos
expresar nuestra posición radicalmente
contraria al Proyecto de ley de Racionalización y Sostenibilidad de
la Administración Local.
El Gobierno presenta este texto con
el único objetivo de dar cumplimiento a
la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. Y pretende basarse en
el argumento de la carga financiera y
económica que las corporaciones locales significan para la economía del país.
Se trata de una afirmación sin
fundamento, puesto que el endeudamiento público de las entidades
locales está en torno al 4% del PIB,
mientras que su déficit conjunto público total alcanzó en 2012 el 0,3% y será
del 0% para el periodo 2013-2015. Estamos ante una apreciación errónea de los
fines constitucionales de la
Administración Pública, que no son otros que servir eficazmente a los
intereses de los ciudadanos y donde las restricciones presupuestarias constituyen una limitación que se respeta
totalmente por las corporaciones locales, y no un fin en si mismo.
Pero ademas son las
administraciones locales las únicas que están
disminuyendo su nivel de endeudamiento, de tal modo que en 2012 mas de
tres mil ayuntamientos tuvieron superávit en sus liquidaciones presupuestarias.
El ciudadano, que es a quien nos
debemos, acude a quien le presta mejor los
servicios y si a este fin acude a los municipios, en lugar de a otros
entes de mayor ámbito territorial, es
porque percibe que de la cercanía en la prestación se proporcionan servicios
donde sus necesidades particulares tienen mejor acomodo.
La ampliación del ámbito territorial
del Ente prestador provoca, indudablemente, la pérdida de atención a la
particularidad; por otro lado, la eliminación de alternativas al ciudadano no
provoca mayor bienestar a éste, sino pura prestación monopolística de los
servicios y la clara tentación a privatizar su gestión y/o a requerir mayores
pagos o copagos por el acceso a los mismos, lo que indudablemente redundará en
unos servicios de menor calidad y mayor coste para el ciudadano. Esta va a ser
la consecuencia ineludible de la nueva ley: servicios de mucha peor calidad con
un coste mas elevado que tendrán que costear los ciudadanos.
Recordemos que la Ley de Bases del
Régimen Local, al referirse al municipio, señala que éste es “marco por
excelencia de la convivencia civil, cuya historia es en muy buena medida la del
Occidente a que pertenecemos. Tanto en España como en Europa el progreso y el
equilibrio social han estado asociados desde la antigüedad al esplendor de la
vida urbana y al consiguiente florecimiento municipal. Y viceversa, los
períodos de estancamiento o de retroceso se han caracterizado igualmente por la
simultánea decadencia de las comunidades ciudadanas, que en siglos ya lejanos
llegó a consumarse con la ruina y extinción de los Municipios”.
El texto del proyecto del gobierno no
es sino una apuesta por la decadencia de las referidas comunidades ciudadanas,
que no resuelve en absoluto los problemas reales de estas entidades, que no son
los de los alcaldes y alcaldesas sino los de los vecinos. Es un texto que en
lugar de profundizar en los derechos democráticos de participación ciudadana,
atenta decididamente contra ellos.
Los municipios y Entidades Locales
Menores, tal como los concebimos en la actualidad, nacen en el medievo, cuando
grupos de gentes se reúnen para mejor administrar sus propios intereses comunes
en torno a un núcleo urbano. Así se inicia un proceso que, a lo largo de los
siglos permite a estas comunidades deshacerse de los vínculos de vasallaje que
los unían a una nobleza ausente, lejana e indiferente a los intereses de los
ciudadanos del burgo y organizarse para la mejor gestión de sus intereses
comunes. Hacernos desistir del ejercicio de nuestras históricas competencias
supone hacernos renegar de lo que somos, recuperar modos de gestión
territoriales que han decaído para suerte de todos muchos siglos atrás y negar
el modelo de convivencia democrática por el que hemos optado, confundiendo el
Estado Constitucional Autonómico con un Estado Antimunicipal.
Así, la demonización que en el
proyecto de ley del gobierno se hace por un lado de la entidad local menor,
reducto de gran tradición democrática y que no sólo debe conservar su cualidad
de Entidad Local sino que debe ser
regulada en cuanto a su competencia y financiación, y por otra del pequeño
municipio, ejemplo paradigmático de democracia participativa, propugnan un
modelo que no podemos sino rechazar.
Queremos rechazar también y muy
enfáticamente el injusto reproche insinuado de las excesivas remuneraciones de
muchos de los representantes municipales que, realizan un gran trabajo en miles
de casos dedicando larguísimas jornadas sin prácticamente ninguna retribución.
Miles de alcaldes y concejales realizan su tarea sin retribución alguna.
El texto presentado, y que se
pretende entre en vigor el 1 de enero de 2014, erosiona la autonomía local no
respetando las competencias municipales, no tiene en cuenta los principios de
proximidad y de equidad en la prestación de los servicios públicos, no respeta
las competencias de las Comunidades Autónomas ni las distintas peculiaridades y
realidades históricas reconocidas en los respectivos Estatutos de Autonomía y
pone en peligro la prestación de los servicios sociales básicos que tanto
necesitan los ciudadanos en estos momentos de dura crisis económica.
Pero además, supone obviar los
compromisos internacionales adquiridos por España con la firma de la Carta
Europea de Autonomía Local en 1985, que establece que el contenido del
compromiso adquirido con la adhesión se manifiesta en que las Entidades locales
tengan “libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté
excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad” pero sobre todo que
“el ejercicio de las competencias públicas debe, de modo general, incumbir
preferentemente a las autoridades más cercanas a los ciudadanos” y que por
tanto “la atribución de una competencia a otra autoridad debe tener en cuenta
la amplitud o la naturaleza de la tarea o las necesidades de eficacia o
economía”. Este desprecio en poco coadyuva a mantener una credibilidad exterior
imprescindible en momentos de crisis como la actual, máxime cuando claramente
el modelo propuesto no es ni más eficaz ni más económico.
Al contrario, el modelo propuesto por
el gobierno significará una gran ineficiencia en la prestación de servicios
básicos (recogida y tratamiento residuos sólidos, limpieza viaria, abastecimiento
domiciliario agua potable, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías) pero también en
las prestaciones sociales fundamentales para millones de ciudadanos. Servicios
de atención domiciliaria, teleasistencia, menores, discapacidad, inclusión de
inmigrantes, infancia, dependencia, mayores... dejarán de ser prestados desde
el conocimiento que proporciona la cercanía, perderán su calidad y
eventualmente podrían dejar de dar cobertura a muchos ciudadanos. Ineficiencia
y mayor coste para los ciudadanos es el paradigma orientativo del proyecto de
ley del gobierno.
Así, en el caso de los municipios con
población inferior a 20.000 habitantes, la nueva redacción propuesta por el
gobierno del artículo 26.2 de la Ley de Bases, vaciando de contenido
competencial a éstos y disponiendo la prestación por las Diputaciones de
servicios básicos, constituye el mayor atentado a la autonomía municipal y a la
eficiencia en la prestación de servicios imaginable. Sólo provocará servicios
peores y más costosos.
Ante la propuesta gubernamental no
somos solo los Alcaldes/as los que vemos con preocupación esta reforma, sino
que ha habido una reacción social unánime frente a la misma. Es necesario
atender las razones que una inmensa mayoría de alcaldes y concejales,
asociaciones y federaciones de entidades locales, empleados públicos,
organizaciones sociales, sindicales o empresariales han pronunciado con toda
claridad y contundencia.
Hoy queremos recoger todas estas
voces, poniendo de manifiesto que no se trata tanto de una cuestión de mayorías
parlamentarias para la aprobación de la Ley, sino de la necesaria búsqueda del
consenso para alcanzar mayorías sociales.
Debe ser a través del diálogo
constructivo con las Entidades Locales como se debe abordar el desarrollo del
capítulo I del Título VIII de la Constitución y este desarrollo debe definir en
primer lugar el modelo institucional de participación efectiva de las Entidades
Locales en la elaboración de las Leyes que les afectan y ampliar el régimen de
impugnación por éstas de éstas ante el Tribunal Constitucional.
Por
la hondura y la trascendencia de esta reforma, por la propia naturaleza de la
materia que se pretende modificar y por la necesaria estabilidad y permanencia
a que una ley que regule la vida local debe aspirar, solicitamos al Gobierno
que, fin de evitar la intervención del
Tribunal Constitucional, retire su proyecto de ley y elabore uno
nuevo en base a estos principios consensuado con los Alcaldes/as en el que se
materialicen las necesidades reales de los municipios y de las entidades
locales menores.
Denunciamos pues o estamos en contra de
1.
la
vulneración del principio de autonomía local, en su configuración
constitucional y en el marco de la Carta Europea de Autonomía Local.
El
Proyecto reduce el respeto a la autonomía local a una mera declaración sin contenido, frente a un alud de instrumentos de tutela económica y de gestión.
2.
La
invasión del marco competencial de los diferentes Estatutos de Autonomía que
otorgan competencias plenas en materia de organización de la Administración
Local a diferentes CCAA.
La reforma
local que se define en el Proyecto, sin perjuicio del conjunto de objeciones de
fondo que se formulan en estas alegaciones, tendría que establecer su carácter
supletorio respecto a las CCAA con competencias plenas en la materia.
3.
La
inadecuación del contenido del Proyecto a las finalidades en que se fundamenta.
El
Proyecto penaliza las administraciones que han realizado un esfuerzo más eficaz
en favor de la contención del déficit público.
4.
Ni
mejora la financiación local, ni consigue la racionalización y sostenibilidad
de las finanzas locales
Finalmente
manifestar la insolvencia del Proyecto de Ley desde la perspectiva de la
financiación de las corporaciones locales. El Proyecto de Ley incorpora
modificaciones substanciales en las competencias locales y no lo acompaña con
la consiguiente reforma de la ley de haciendas locales con el fin de adecuar su
financiación a las responsabilidades que les encomienda.
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